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La Comunidad Sudamericana de Naciones: evolución y contratiempos Alberto J. Sosa Agosto de
2005 En comparación con la situación que detentaban
durante la guerra fría o durante los tiempos de hegemonía del Consenso de
Washington, actualmente algunos países
de América del Sur disfrutan de una cierta e inédita capacidad de maniobra
respecto de EUA. Las razones de dicha capacidad de decisión, pueden explicarse
tanto por “la negligencia de EUA hacia la Región”, dado su casi exclusivo
interés en su guerra preventiva contra el terrorismo, su lucha contra el
narcotráfico y su propósito de control y disposición de las principales fuentes
de provisión de energía y de ciertos recursos naturales, como por la existencia
de gobiernos sudamericanos contrarios al recetario neoliberal. Sin embargo, durante su segundo y actual mandato, el
Presidente Bush ha vuelto a prestar atención a sus vecinos meridionales. Las
políticas de EUA hacia la Región se tradujeron recientemente en diversos
reveses. Primero, la derrota de sus candidatos a la Secretaría General de la
Organización de Estados Americanos (OEA); segundo, su fallida tentativa de
imponer un instrumento que permitiese a la citada entidad hemisférica
monitorear la marcha de las democracias; tercero, en las crisis de Bolivia y de
Ecuador, la OEA y detrás de ella EUA, no propusieron soluciones satisfactorias
para los intereses en disputa. Sí hubieron propuestas de actores de la Región:
Venezuela, conjuntamente con Brasil y con Argentina en el caso boliviano y
Brasil en el caso ecuatoriano. La América del Sur de raigambre ibérica ha dado sus
primeros pasos para configurar la Comunidad Sudamericana de Naciones (CSN), a
través de la convergencia del MERCOSUR, de la Comunidad Andina de Naciones y de
Chile. La República de Bolivia, la República de Chile, la República de
Colombia, la República de Ecuador, la República de Perú y la República
Bolivariana de Venezuela devinieron Estados Asociados al MERCOSUR y se
comprometieron a adherir a la Declaración de Potrero de Funes[1]
y al Protocolo de Ushuaia que instituyeron la “cláusula democrática[2]”. Recientemente en la Cumbre de Asunción
(18/20 Junio 2005), los Presidentes firmaron el Protocolo de Asunción sobre
Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del MERCOSUR y
Estados Asociados[3] que
perfecciona y complementa el Protocolo de Ushuaia. Asimismo, los Estados Parte crearon el Fondo para la Convergencia
Estructural y el Fortalecimiento de la Estructura Institucional del MERCOSUR (
FOCEM[4]).
Tendrá un presupuesto de U$S 100 millones de dólares anuales acumulativos. Así,
está previsto que, hasta el año 2015 dispondrá de U$S 925 millones de dólares.
Los aportes de cada Estado Parte son proporcionales a su PBI. Brasil aportará
el 70% de los recursos; Argentina el 27%; Uruguay el 2%; y Paraguay el 1%[5].
El dinero del FOCEM se destinará preferentemente a financiar iniciativas y
programas para promover la competitividad de los Estados Parte -en particular
de las economías menores-y la convergencia estructural en el MERCOSUR[6].
Por otro lado, se sentaron las bases para establecer la integración energética
del MERCOSUR y algunos Estados Asociados, a través del “anillo energético
Regional”. A su vez, el
Gobierno de Venezuela presentó dos iniciativas: Petrosur vinculada también a la
integración energética de América del Sur y Telesur, el canal de TV
latinoamericano financiado por Venezuela, Argentina, Uruguay y Cuba. El
presupuesto de ésta emisora será de U$S 2,5 millones de dólares y Venezuela
aportará el 51% del mismo, mientras que los restantes socios aportarán el 49%. No obstante, no todas son buenas noticias para la
marcha del proceso de integración. EUA ha logrado que el Gobierno del Paraguay
adhiera a un Tratado bilateral que otorga inmunidad a sus tropas, mientras
permanezcan en territorio de este último país. Así, si soldados de EUA
cometieran delitos en territorio paraguayo no podrían ser juzgados por los
tribunales del Estado anfitrión[7].
En Uruguay, el ex Presidente Batlle dejó como
presente griego a las nuevas autoridades el Tratado Bilateral de inversiones
firmado con EUA. Este tipo de tratado es lesivo de la soberanía nacional
uruguaya. Argentina ya lo sabe: está pagando las consecuencias por su
irresponsable aprobación en la década pasada de cincuenta y seis (56) Tratados[8]
de este tipo y defendiéndose ante el Centro Internacional de Arreglos de
Diferencias (CIADI)[9]. Por otra parte, el MERCOSUR permanece en una
impasse, debido a los desacuerdos de sus Estados Partes. Dichas diferencias se
relacionan con el futuro del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas[10]; con las candidaturas a
organismos internacionales como la Organización Mundial de Comercio (OMC)[11] o el Banco Interamericano
de Desarrollo (BID)[12];
con las negociaciones internacionales con la República Popular China[13]; con el destino productivo
de un MERCOSUR con cadenas de valor sin división “ricardiana” del trabajo, que tienda a disminuir y no a consolidar
las asimetrías vigentes en el interior del Bloque; con la probable ampliación
hacia un alcance sudamericano, etc. El Canciller Bielsa ha expresado recientemente que
debemos negociar con EUA un ALCA con principios, olvidando que este proyecto no
es un simple Tratado de Libre Comercio como ingenuamente parece creer, sino una
Constitución Global que prevalecería sobre nuestra propia Carta Magna, con
detrimento de nuestra soberanía y de los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales consagrados en ella a favor de nuestra
población, cuando no de nuestro derecho al desarrollo. Estos “TLC” prohíben que
el Estado anfitrión (por ej. Argentina) exija a un inversor extranjero (por ej.
de EUA) que agregue valor a su inversión, que contrate o capacite mano de obra
nacional, que transfiera tecnología; que registre un balance positivo de
divisas; etc. Disposiciones de este tipo sólo admiten derechos y garantías para
el inversor, no para la población del país receptor de la inversión. Asimismo, se repite desde ciertas altas esferas
gubernamentales que estamos a favor de un MERCOSUR más equilibrado, pero no de
una CSN. Esto último nos lleva a interrogarnos si tememos más a la oferta
exportable de Ecuador, Perú o Colombia que a la de EUA? El problema colombiano
no es nuestro problema? De quién es: de
EUA? de la UE? No podemos comportarnos irresponsablemente en estas
cuestiones. Aquí no hay que cometer “ingenuidades”: primero MERCOSUR (y “el
ALCA con principios”, según el Canciller Bielsa) y después la CSN. La realidad
es única y debemos abordarla en conjunto y simultáneamente, por supuesto que
con cursos de acción de corto, mediano y largo plazo. El MERCOSUR y América del
Sur deben ser nuestras prioridades. ¿Cuándo construiremos poder político?
¿Cuándo esbozaremos políticas conjuntas en (y desde) el MERCOSUR ante
organismos como la OMC, el BID o el FMI, en materia de candidaturas y también
de otros temas relacionados con el funcionamiento de los mismos? ¿Cuándo
abordaremos el problema de Colombia? Cuando el poder del narcotráfico y de
otros grupos esté aún más consolidado? El orden de América del Sur es un asunto
de nuestra incumbencia y competencia. Estos y otros temas debemos discutir y saldar con
nuestros vecinos con grandeza y no con mezquindades coyunturales que nos
conducirían a una encrucijada. La desarticulación y la falta de
coordinación y de convergencia de las
elites de los países sudamericanos en torno de políticas y de estrategias que
den más gravitación y autonomía a la Región -y a los países miembros- frente a
los grandes grupos hegemónicos transnacionales constituye uno de los
principales problemas que entorpece la construcción de la CSN. [1] Provincia
de San Luis, República Argentina, 25 de
Junio de 1996. [2] El citado
Protocolo fue firmado en la ciudad homónima, Provincia de Tierra del Fuego,
República Argentina, el 24 de Julio de 1998. Establece que la plena vigencia de
las instituciones democráticas es condición esencial para el desarrollo del
proceso de integración y permite excluir del mismo a un país en el que se
hubiera producido la ruptura del orden democrático. Entró en vigencia en los
Estados Partes del MERCOSUR y en la República de Bolivia. En los demás Estados
Asociados entrará en vigencia, según el caso, cuando hayan completado los
procedimientos internos para su incorporación a los respectivos ordenamientos
jurídicos nacionales. [3] El Protocolo
sobre Derechos Humanos se aplicará en los Estados Partes del MERCOSUR y en los
Estados Asociados en caso de que se registren graves y sistemáticas violaciones
de los Derechos
Humanos y libertades fundamentales en uno de los Estados signatarios, en situaciones
de crisis institucional o durante la vigencia de estados de excepción previstos
en los ordenamientos constitucionales respectivos. Las medidas aplicables al
Estado afectado abarcarán desde la suspensión a participar en los órganos del
MERCOSUR, hasta la suspensión de los derechos y obligaciones emergentes del
proceso de integración. Asimismo, los Estados Partes cooperarán mutuamente para
la promoción y protección efectiva de los Derechos Humanos y libertades
fundamentales, a través de los mecanismos institucionales del MERCOSUR. [4] Cfr.
Decisiones No. 19/04, 45/04 y 18/05 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR. [5] Cfr.
Artículo 6, Decisión No.18/05 CMC. [6] Cfr. Artículo 1, inciso a) Decisión No. 19/04 CMC. [7] La
Declaración Presidencial sobre Compromiso del MERCOSUR con el Estatuto de Roma
de la Corte Penal Internacional, del 20 de Junio del 2005, en la que los
Presidentes de los Estados Partes "se comprometen a no celebrar
acuerdos multilaterales o bilaterales con terceros Estados, que sean susceptibles
de afectar las bases de la jurisdicción de la CPI u otras disposiciones
establecidas en el Estatuto de Roma", intentaría precisar y mitigar el
alcance de la inmunidad concedida por el Estado paraguayo a las tropas de EUA,
mientras permanezcan dentro de su territorio. Cfr. www.mercosur.org.ar [8] Cfr. Sosa,
Alberto J. “Los Tratados Bilaterales de Inversiones”. Abril 2005 www.amersur.org.ar [9] Centro
Internacional de Arreglo de Diferencias del Banco Mundial. Hay 32 demandas ya
iniciadas contra la República Argentina ante los tribunales arbitrales del BM
por un monto que excede los U$S 16.000
millones. [10] Brasil
propone la incorporación de nuevos Miembros Permanentes y se postula como
representante de América del Sur en el Consejo de Seguridad. Argentina propone,
en cambio, la incorporación de nuevos Miembros Rotativos que representarían
alternadamente a América Latina, incluyendo a México. Cfr. Fernando Montiel T.
“¿Quién entra y quién no en la ONU?” 03/07/2005 www.rebelión.org [11] Brasil
propuso como candidato a la Secretaría General a Seixas Correa “arquitecto
diplomático” del G20 y del G5, mientras que Uruguay propuso a Pérez del
Castillo. Es decir que MERCOSUR por rencillas domésticas propuso dos
candidatos, como resultado de dicho desacierto el nuevo Secretario de la OMC es
Pascal Lamy, representante de la UE. [12] Mientras
el gobierno argentino apoyó al candidato brasileño Joao Sayad, los gobiernos de Uruguay y de Paraguay respaldaron al
candidato de los gobiernos de Colombia y de EUA. Resultado: fue elegido presidente del BID Luis Alberto Moreno,
actual embajador de Colombia ante la Casa Blanca. Cfr. Clarín. Ana Barón.
“Eligen hoy presidente del BID, un banco clave para Argentina”. Bs. As. 27/07/2005, pág.6. Declaraciones de Moreno en la radio RCN de Bogotá, Colombia.28/07/05. www.invertia.com/noticias
[13] Si bien
MERCOSUR no puede negociar en Bloque con China porque Paraguay mantiene
relaciones diplomáticas con Taiwán, Argentina y Brasil pudieron negociar
conjuntamente con China. Sin embargo y de modo inexplicable lo hicieron
individualmente. |